Carta sin firmas que rechaza las medidas del Ministerior del Interior DL 2346 que indica que es deber del Estado propender a la integración armónica de todos los sectores nacionales, para lo cual debe velar porque las sociedades intermedias actúen dentro del campo propio de sus competencias, correspondiéndole, del mismo modo, asegurar a todos los habitantes contra aquellas actividades que tiendan directa o indirectamente al fomento de antagonismos sociales o de doctrinas subversivas y contrarias al bien común; Prohíbense, y en consecuencia, serán consideradas asociaciones ilícitas, las siguientes entidades: Confederación Nacional Campesina e Indígena Ranquil; Confederación Nacional Unidad Obrero Campesina, U.O.C.; Federación Nacional de Sindicatos Metalúrgicos, FENSIMET; Sindicato Profesional de Obreros de la onstrucción de Santiago; Federación Nacional Textil y del Vestuario FENATEX; Federación Industrial de la Edificación, Madera y Construcción, F.I.E.M.C., y Federación Industrial Nacional Minera, F.I.N.M.
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s.e.
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CD:03217.00
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MFN:07196
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