Datos de publicación
Fundación de Documentación y Archivo de la Vicaría de la Solidaridad, 2020

"1,2,3,4,5 sombras perseguían a una mujer. Así que esa mujer, cansada, decidió pedir ayuda. “Toc,toc, toc”, tocó una puerta. Otra mujer, abrió la puerta, la hizo pasar, le dio un abrazo. Juntas, llamaron a la estrella que vivía en el cielo. Y la estrella alumbró, alumbró, alumbró tanto que las sombras se hicieron pequeñas, tanto que, asustadas, desaparecieron para siempre." Artículo 14. 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.