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Se señala que la real vigencia de los derechos humanos solo puede ocurrir si las condiciones jurídicas de los Estados en que se producen los problemas permiten su pronta y evidente corrección, y esto solo se logra si es que se adecúan las instancias jurídicas internas a los requerimientos de los derechos humanos, de tal manera que estos sean absorbidos tanto en su dimensión interna como internacional
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Identificador Ubicación Física:
CD:00280.01
Identificador FMN:
MFN:02074
Identificador:
CD_02074